Enero de 1908, se aprueba la puesta en marcha del servicio radiotelegráfico en España

El 24 de enero de 1908 se fijan las bases y el reglamento para el establecimiento del servicio radiotelegráfico en España.

Como antecedente, cabe decir que el decreto de 21 de mayo de 1905 dio origen a la radiotelegrafía en España, mediante la constitución de una Comisión mixta integrada por los ministerios de Gobernación, Marina y Guerra. La resultante fue la Ley de 26 de octubre de 1907, que autorizaba al gobierno a la puesta en marcha del servicio radiotelegráfico, desarrollando así dicho decreto aprobado el 24 de enero de 1908.

Este corpus legal determinaba el monopolio del Estado para la explotación de todos los sistemas y aparatos de la telegrafía hertziana. Antes de que la radiotelegrafía fuera una realidad, el Estado español se había adherido a los acuerdos adoptados en la primera conferencia internacional de radiotelegrafía, celebrada en Berlín en 1906.

El reglamento de enero de 1908 estipulaba la creación de la primera red de estaciones radiotelegráficas: dos estaciones de primera clase, ubicadas en Cádiz y Santa Cruz de Tenerife, con un alcance mínimo eficaz de 1.600 kilómetros; cinco estaciones de segunda clase, en Tarifa, Menorca, Cabo de Gata, Cabo Finisterre o Villano, y en Cabo de San Antonio o cabo la Nao, con un alcance mínimo eficaz de 400 kilómetros; diecisiete estaciones de tercera clase, con un alcance de 200 kilómetros.

En la imagen, la inauguración de la estación radiotelegráfica de Aranjuez, el 8 de febrero de 1912.